OPOSICIONES AL CUERPO DE AYUDANTES DE IIPP
AREAS DE TRABAJO
El Cuerpo de Ayudantes de Instituciones Penitenciarias es, en términos cuantitativos, el más importante de los que se encuentran al servicio de la Administración penitenciaria, pues sus funcionarios desempeñan puestos de trabajo esenciales para el funcionamiento de los centros penitenciarios, ya sea en vigilancia interior o en las oficinas de los establecimientos. Se caracteriza por una gran flexibilidad y variedad de las tareas a desempeñar, lo que permite desarrollar la actividad laboral en un conjunto muy heterogéneo de puestos de trabajo, incluyendo ocupaciones tan dispares como las que se realizan en talleres, oficinas, módulos, patios, puestos de control, etc.
A continuación, se destacan las cuatro grandes áreas de trabajo en las que pueden prestar sus servicios los funcionarios del Cuerpo de Ayudantes de Instituciones Penitenciarias:
Los servicios de oficinas
Las oficinas son los locales donde se lleva a cabo la gestión administrativa de los establecimientos penitenciarios. Están compuestas por funcionarios adscritos a ese servicio y en su interior se tramitan asuntos muy variados, que tienen que ver con los expedientes penitenciarios de las personas privadas de libertad, pero también con los de los propios funcionarios, así como con asuntos relacionados con el funcionamiento o gestión ordinaria del establecimiento. Lógicamente, la labor desempeñada por los funcionarios dependerá del tipo de oficina de que se trate, siendo muy diversas las áreas administrativas, conocimientos exigidos y tareas a desempeñar en las oficinas de los centros penitenciarios: recursos humanos y materia de personal, protocolos de programas y actividades tratamentales, expedientes y documentación procesal y penal de las personas privadas de libertad, documentación de los procedimientos de vigilancia y control, nóminas y Seguridad Social, prevención de riesgos laborales, contabilidad, inventarios, mantenimiento, ejecución presupuestaria y contratación etc.
Las personas que trabajan en los servicios de oficinas no
tienen contacto alguno con las personas privadas de libertad y su jornada
laboral y horario es similar al existente en otras administraciones: de lunes a
viernes por la mañana, de 7:30 a 15:00, con posibilidad de jornadas flexibles.
Área mixta
Bajo esta denominación se incluyen distintas áreas de trabajo en los centros penitenciarios con cometidos diversos: economato (que permite a las personas privadas de libertad adquirir productos complementarios a los facilitados gratuitamente por la Administración), alimentación (que se encarga de la gestión de la cocina de los establecimientos y los gastos de alimentación), peculio (para la gestión del dinero de las personas privadas de libertad), inventario y almacenes (sobre los bienes muebles asignados al establecimiento y la gestión de los almacenes) o mantenimiento (para la ejecución y supervisión de reparaciones y obras).
Los funcionarios que desempeñan estos puestos de trabajo se incluyen en la jornada laboral general, que no está sujeta a trabajo a turnos o jornadas nocturnas, por lo que su jornada laboral y horario también es similar al existente en otras administraciones: de lunes a viernes por la mañana, con posibilidad de jornadas flexibles.
Vigilancia interior 2
Incluye un conjunto de puestos de trabajo en los centros penitenciarios desempeñados en unidades de servicio como cocina (controlando y observando la preparación de alimentos), comunicaciones y visitas (organizando y supervisando su correcto funcionamiento), ingresos y salidas (haciéndose cargo de las personas que ingresen en el establecimiento y procediendo a su identificación dactiloscópica y fotográfica), recepción y salida de paquetes y encargos (recibiendo los paquetes y encargos y las transferencias de dinero a las personas privadas de libertad), información al exterior (atendiendo consultas del público y facilitando indicaciones relativas a los servicios del establecimiento) o accesos y rastrillos exteriores (apertura y cierre de puertas y control de movimientos), entre otros.
Aunque los funcionarios de estos puestos de trabajo están sujetos a una jornada laboral específica a turnos (turnos de mañana y tarde organizados durante todos los días de la semana), no se realizan jornadas nocturnas.
Vigilancia interior 1
Se trata de los puestos de trabajo en los centros penitenciarios desempeñados en unidades de servicio como patios o galerías, generalmente en contacto directo con las personas privadas de libertad. En estos puestos de trabajo se realizan, entre otras, funciones de control de los movimientos de la población reclusa, observación de su comportamiento, apertura y cierre de las celdas o aplicación de las medidas de seguridad interior en módulos y departamentos de los establecimientos.
Los funcionarios que desempeñan estos puestos de trabajo se incluyen en la jornada laboral específica, en turnos de trabajo que pueden incluir el horario nocturno, considerando que ciertos puestos de trabajo deben estar cubiertos ininterrumpidamente las veinticuatro horas del día todos los días del año.
Para cubrir el servicio de vigilancia interior 1, estos funcionarios realizan sus jornadas de trabajo en turnos, los cuales podrán adoptar las diversas modalidades, elegidas por la plantilla del establecimiento en una votación individual, libre y secreta. A modo de ejemplo, podría adoptar la siguiente cadencia que se repite cada ocho días, en la que un funcionario trabaja el primer día y el segundo en turno de mañana y de tarde, realiza la noche que va del tercer al cuarto día y libra cinco días desde que sale del trabajo el cuarto día por la mañana temprano.