La alimentación en los centros penitenciarios (III)
Como colofón de la materia sobre la alimentación en los centros penitenciarios haremos referencia al menú elaborado diariamente en los establecimientos penitenciarios.
Tanto el art. 21.2 LOGP como el art. 226 del RP, nos indican la obligación de la Administración Penitenciaria de proporcionar "a los internos una alimentación convenientemente preparada, que debe responder a las exigencias dietéticas de la población penitenciaria y a las especificidades de edad, salud, trabajo, clima, costumbres y, en la medida de lo posible, convicciones personales y religiosas".
En ese sentido son los servicios médicos los encargados de determinar y fijar, junto con el Administrador, el menú alimentario en cada centro. Queda al albur de los Directores la disposición de los distintos tipos de menús que podrán ser elaborados, en consonancia con las asignaciones presupuestarias y con las necesidades detectadas por los servicios médicos.
Generalmente se elabora en todos los centros un menú general y otros menús especiales para atender las especificidades de salud e incluso las convicciones personales y religiosas.
La cocina de un centro penitenciario puede llegar a elaborar un total de cinco o seis menús distintos, como pueden ser:
- Menú general: alternándose diversos menús, en función de las disponibilidades presupuestarias posibles, y que generalmente se modifican en las épocas de verano e invierno.
- Menús de diversa índole para hacer frente a las distintas patología que pueden darse entre la población penitenciaria: menú gástrico, para diabéticos, vegetal.
- Menú infantil, en aquellos centros donde residen menores en compañía de sus madres.
- Coincidiendo con el mes de ayuno del Ramadán, se puede elaborar un menú dirigido a aquellos internos que previamente lo solicitan y que quieren observar sus convicciones religiosas.
Por
último, mencionar que las cocinas de los centros penitenciarios tienen
consideración de cocina industrial por lo que les será de aplicación la
normativa referente a las mismas en relación con las instalaciones eléctricas,
de gas, frigoríficas y las sanitarias sobre higiene de productos alimenticios,
protocolos de trazabilidad de los mismos, recogida de muestras diarias,
protocolo de puntos críticos, visitas inspección sanitaria, etc.