REFERENTES HISTÓRICOS DEL DERECHO PENITENCIARIO
Marcial A. LÓPEZ QUÍLEZ
1788-1857
Marcial Antonio López nació en Daroca en 1788, trasladándose a Zaragoza para iniciar sus estudios de derecho, que terminó después en la Universidad de Alcalá de Henares en Madrid (1816). Fue diputado en las Cortes durante el Trienio Constitucional (1820-1823) por Aragón. Con la restauración del absolutismo en 1823 se tuvo que marchar de España al exilio, aunque regresó en 1827. A partir de la entronización de Isabel II, Marcial Antonio López accedería a los cargos políticos y académicos más importantes, siendo miembro del Consejo Real de España e Indias, catedrático de la Universidad Complutense, Director de la Real Academia de la Historia, miembro de la RAE y secretario de la Real Academia de Bellas Artes de San Fernando, entre otros.
Aunque publicó obras, traducciones y ensayos diversos, en el ámbito penitenciario hemos de destacar las dos más conocidas: Informe sobre la situación y soluciones para las mejoras de los presos de La Habana y, sobre todo, Descripción de los más célebres Establecimientos Penales de Europa y los Estados Unidos.
Informe sobre la situación y soluciones para las mejoras de los presos de La Habana
En Informe sobre la situación y soluciones… (desconocemos la fecha de edición) describe, a instancias de la Real Sociedad Patriótica en La Habana, la mala situación en la que se encuentran los presidios cubanos, proponiendo numerosos cambios en la infraestructura y en el régimen de vida de las personas privadas de libertad, importadas de sus observaciones de los países europeos. Entre otras medidas, plantea la necesidad de una adecuada clasificación y separación interior de los internos, la mejora de las condiciones de higiene y habitabilidad (iluminación, alimentación, vestuario, aseo para prevenir enfermedades, etc.). También pone el foco sobre el trabajo, retribuido, como forma de instrucción y educación y para reducir la duración de las penas.
Descripción de los más célebres Establecimientos Penales de Europa y los Estados Unidos
El título completo de su obra más conocida en el contexto penitenciario, publicada en 1832, es: Descripción de los más célebres Establecimientos Penales de Europa y los Estados Unidos, seguida de la aplicación práctica de sus principios y régimen interior á las Casas de Correccion, Fuerza y Reconciliacion que pudieran plantearse en España con grande utilidad del Real Erario, y otros resultados no menos importantes. Se trata de una obra muy extensa, dividida en dos volúmenes.
En el primero de ellos trata cuestiones generales, como la eficacia preventiva del derecho penal y de la privación de libertad, con profusión de notas sobre el derecho comparado de EEUU y Europa (describiendo sus sistemas penitenciarios y establecimientos destacados), con múltiples referencias a los trabajos de Lardizábal, Howard, Benthan y otros autores. Analiza nuestras cárceles, presidios y casas de corrección y el lamentable estado en el que se encuentran, así como su excesiva severidad (malos tratos, sufrimiento innecesario, mala alimentación, arbitrariedad, etc.), a las que denomina «mansiones del horror» y «males no necesarios». También describe aspectos de distintos sistemas penitenciarios que debieran importarse a España, en aspectos como: aseo y salubridad, ocupación y trabajo, separación y clasificación, instrucción y educación, disciplina, observación de los internos, inspección de los funcionarios, etc.
En el segundo volumen desciende a lo particular, proponiendo una arquitectura y organización penitenciaria específica (siguiendo en parte el panóptico de Bentham), aplicando las ideas del primer volumen a la reforma del sistema español. Para ello, atiende sistemáticamente a diversos aspectos del régimen, administración y medios penitenciarios: ubicación, características de los establecimientos (trata con meticulosidad desde su construcción a la disposición de cada celda), alcaides y funcionarios penitenciarios, médicos, consejos de disciplina (inspección), régimen económico, trabajo, etc. Propone la creación de las Casas de Reconciliación, mezcla de penitenciarios y asistenciales, una suerte de antecedentes de los CIS.
Marcial Antonio López no pierde de vista la finalidad de
enmienda de las instituciones penitenciarias («reconciliacion que asegure a
los reos en los buenos propósitos que hayan hecho de enmendarse y hacer nueva vida,
y les conserve los buenos hábitos que hayan adquirido»), recordando la
necesidad de poner el foco en las personas privadas de libertad «los
cuales por sus delitos no han perdido el derecho á la humanidad». Se trata,
en definitiva, de una obra colosal de uno de los penitenciaristas más visionarios
e infravalorados, cuyo legado sería fundamental para la transformación del sistema
penitenciario español en las décadas siguientes.
Para saber más:
BADORREY MARTÍN, Beatriz, «El derecho penitenciario en los inicios del Liberalismo: el tránsito hacia la modernidad», en Historia del Derecho Penitenciario, Dykinson, Madrid, 2019, págs. 132 a 134.