REFERENTES HISTÓRICOS DEL DERECHO PENITENCIARIO


Jacobo VILLANOVA Y JORDÁN

siglo XIX

Generación IA aproximada que no se corresponde con Villanova
Generación IA aproximada que no se corresponde con Villanova

A Jacobo Villanova y Jordán no se le ha dado la importancia que seguramente merece, por lo que apenas disponemos de referencias sobre su biografía. Se sabe que fue fiscal de la Real Audiencia de Burgos en algún momento durante la primera mitad del siglo XIX; además de un pensador preocupado por el estado de las prisiones españolas, que buscaba su reforma. 

Conocido principalmente por su traducción y adaptación al español de los escritos de Jeremy Bentham sobre el panóptico (desde la edición francesa de Dumont), Villanova y Jordán también se preocupó por investigar el estado de las prisiones españolas e importar a España las ideas de Bentham en materia penitenciaria.

Su principal obra en esta materia, que le hizo conocido, se titula Cárceles y presidios: aplicación de la panóptica de Jeremías Bentham a las cárceles y casas de corrección de España, ó medio de mejorárlas, y de suprimir la pena de presidio con el establecimiento de casas construidas bajo el principio de inspección central. Su primera versión, presentada al Rey junto a un modelo de cartón del panóptico, data del año 1819-1820, aunque la primera edición es de 1833.

El autor divide su obra en dos grandes bloques. En el primero y más extenso desarrolla la obra de panóptico de Bentham, traduciéndola al español y comentándola. El segundo sirve para exponer su propio modelo penitenciario, inspirado en el del filósofo inglés; este, a su vez, se divide en tres partes:

  • 1º Del estado actual de las cárceles de España, y de su mejora por medio de la inspección central. En la primera parte describe brevemente la realidad de las cárceles españolas, especialmente de las de Madrid, indicando los abusos que se dan, que atribuye esencialmente a su diseño y construcción; critica el hacinamiento, su carácter insalubre y la mezcla de internos, proponiendo como solución el modelo panóptico de Bentham. A partir de ahí, pasa a adaptar el panóptico a la realidad española, añadiendo ideas propias: altura del edificio, infraestructuras complementarias, distribución de los patios, oficinas de servicios comunes y resto de dependencias, así como otros pormenores tales como mejoras en las puertas, celosías, galerías, escaleras, letrinas, tuberías, iluminación, etc.

  • 2º De su localidad, y de los fondos disponibles para su construcción. En la segunda parte, Villanova propone la construcción de nuevas prisiones adaptadas al panóptico preferiblemente fuera de los núcleos poblacionales. Pone énfasis en calcular primero la capacidad de las mismas y el coste aproximado, pudiendo obtener fondos para su construcción por medio de colectas públicas o a través de la lotería.

  • 3º De las ventajas que reportarían el gobierno, la nación y los mismos reos de la supresión de la pena de presidio, sustituyendo en su lugar casas panópticas de corrección. En la tercera parte, Villanova critica los presidios de la época por su crueldad, coste para el erario y dificultad para corregir a los delincuentes: «Digámoslo de una vez; los presidios son un semillero en que germinan los crímenes: un teatro de absoluta desmoralización en donde el reo de pequeño delito se prepara para otro mayor, y el grande criminal se hace incorregible». Plantea por tanto la supresión de la pena de presidio (en la época, los presidios africanos) y su sustitución por casas de corrección bajo el ideal panótico, que sirvan para educar a los reos al tiempo que se les emplea en trabajos de todo tipo (lo que sería un alivio del gasto público y un beneficio a la sociedad). 

Panóptico de Villanueva
Panóptico de Villanueva
Panóptico de Bentham con las adicciones de Villanueva
Panóptico de Bentham con las adicciones de Villanueva

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